El juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, Deivi Timoteo Peguero, dictó auto de no ha lugar a favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, quien era procesado por un ataque con arma blanca ocurrido en el Ensanche Naco que dejó una mujer muerta y cinco personas heridas.
La decisión judicial exoneró de responsabilidad penal al imputado, tras acoger argumentos relacionados con su condición de salud mental. Según la defensa, el día de los hechos Pumarol Fernández habría sufrido un brote psicótico, lo que, de acuerdo con su abogado Richard Martínez, impediría establecer culpabilidad penal.
El hecho ocurrió en julio de 2025 y tuvo como resultado la muerte de Ivonne Handal Abugabir, de 70 años. Durante el incidente también resultaron heridos Guillermo Pumarol, padre del acusado; Teresa Fabián Heredia, quien se desempeñaba como cuidadora; así como los vecinos Francisco Tezano, Griselda Ozuna y Victoria Heredia.
Tras la decisión del tribunal, el abogado de los familiares de la víctima, Miguel Valerio, expresó su desacuerdo con el fallo. El jurista cuestionó que el juez justificara la decisión en supuestos problemas mentales del imputado, pese a que anteriormente el mismo tribunal había rechazado una solicitud de inimputabilidad presentada por la defensa.
Otro elemento que genera debate en el caso es un informe pericial del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), el cual señala que el acusado posee capacidad cognitiva suficiente para comprender los hechos, rendir testimonio y enfrentar un juicio de fondo.
Mientras tanto, la defensa informó que, tras su salida de prisión, Pumarol Fernández será trasladado a un centro especializado para recibir tratamiento psiquiátrico, aunque no se ofrecieron detalles sobre la duración de su internamiento.
La decisión judicial ha generado reacciones divididas, tanto entre los familiares de la víctima como en la opinión pública, debido a las contradicciones entre los informes periciales presentados durante el proceso.







