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PRM reforma sus estatutos y traza estrategia con miras a las elecciones de 2028

VPNOTICIAS.COM Por VPNOTICIAS.COM
06/07/2026
En Nacionales
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El Partido Revolucionario Moderno (PRM) aprobó este domingo una serie de modificaciones a sus estatutos internos durante la vigésima tercera Convención Nacional Extraordinaria, con el propósito de fortalecer su estructura organizativa y preparar la organización para los retos políticos de cara a las elecciones generales de 2028.

Durante la asamblea, celebrada en la Casa Nacional del partido, la dirigencia oficialista dio a conocer siete reformas estatutarias orientadas a consolidar la unidad interna, ampliar la participación de la militancia y reforzar los mecanismos de dirección de la organización.

Entre los principales cambios figura la ampliación de la Dirección Ejecutiva, que pasará de 60 a 65 integrantes, con el objetivo de fortalecer la representación de los dominicanos residentes en el exterior y mejorar la capacidad operativa del organismo.

Asimismo, se estableció que las autoridades que resulten electas en el proceso interno del próximo 9 de agosto ejercerán un período excepcional de dos años, correspondiente al ciclo 2026-2028.

Otra de las reformas dispone que, a partir de 2028, el presidente, el secretario general, los vicepresidentes y otros cargos de dirección serán escogidos mediante el voto universal, directo y secreto de la militancia, medida que, según sus promotores, fortalecerá la democracia interna del partido.

Los nuevos estatutos también definen un régimen de sucesión para la presidencia del PRM, estableciendo que el primer vicepresidente asumirá las funciones del presidente en caso de ausencia temporal o definitiva.

La organización anunció además el inicio de un proceso de consulta, reflexión y discusión con dirigentes, organismos y militantes para elaborar una futura reforma integral que continúe ampliando los espacios de participación dentro del partido.

Durante la actividad, dirigentes del PRM destacaron que las modificaciones buscan consolidar la institucionalidad de la organización y fortalecer su preparación para el proceso de selección de las candidaturas que competirán en las elecciones de 2028. Asimismo, resaltaron la importancia de preservar la unidad partidaria y respaldar la gestión del presidente Luis Abinader como parte de la estrategia política de cara a los próximos comicios.

Tags: Partido Revolucionario Moderno (PRM)
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Tribunal Constitucional falla contra el Ayuntamiento de Moca por retener un vehículo y exigir RD$3,000 El Tribunal Constitucional de República Dominicana emitió una sentencia contra el Ayuntamiento de Moca, provincia Espaillat, por la retención de un vehículo y el cobro de una tasa de 3,000 pesos como condición para devolverlo a su propietario. La decisión está relacionada con un caso en el que el ciudadano Juan Carlos Mejía Vásquez tuvo su vehículo retenido por el cabildo después de estacionarse parcialmente sobre una marca amarilla colocada en el suelo por la dirección municipal. Para recuperar su vehículo, se le exigió el pago de 3,000 pesos. El caso se originó a partir de la Ordenanza 01-2025, aprobada por el Concejo Municipal de Regidores de Moca el 1 de abril de 2025, denominada “Sobre el pago de tasas por costes de servicio de traslado o retención de vehículos o estructuras”. Mejía Vásquez, representado por el abogado Shesnel Calcaño, acudió inicialmente ante la jurisdicción civil y comercial. Sin embargo, la primera instancia rechazó la acción de amparo al considerar que no se había demostrado una violación de derechos fundamentales. El caso llegó posteriormente al Tribunal Constitucional mediante un recurso de revisión. El Tribunal declara inaplicable la ordenanza Mediante la sentencia TC/0785/26, el Tribunal Constitucional declaró admisible el recurso de revisión y posteriormente lo acogió en cuanto al fondo. Como consecuencia, revocó la sentencia emitida anteriormente por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Espaillat. El Tribunal también acogió la excepción de inconstitucionalidad presentada por Mejía Vásquez y declaró inaplicable, específicamente para este caso, la Ordenanza 01-2025 del Ayuntamiento de Moca. Los jueces determinaron que se habían vulnerado los derechos fundamentales del ciudadano a la propiedad, al debido proceso administrativo y al principio de legalidad. Además, ordenaron al Ayuntamiento de Moca, al Concejo Municipal de Regidores y a los funcionarios responsables devolver inmediatamente el vehículo Honda Pilot. La devolución debía realizarse sin exigir previamente el pago de multas, tasas de inmovilización, traslado, retención, recargos u otros conceptos derivados de la ordenanza. En caso de que el ciudadano ya hubiese pagado alguna de estas cantidades, el Tribunal ordenó que el dinero fuera devuelto. La sentencia también estableció una astreinte de 1,000 pesos dominicanos por cada día de retraso en el cumplimiento de la decisión, a cargo del Ayuntamiento de Moca y en beneficio del ciudadano afectado. El Ayuntamiento no puede asumir funciones sancionadoras sin respaldo legal Entre los argumentos utilizados por el Tribunal Constitucional se encuentra que los ayuntamientos tienen determinadas competencias para organizar el tránsito, administrar los espacios públicos y establecer señalizaciones dentro de su ámbito. Sin embargo, el Tribunal consideró que estas facultades no permiten convertir la regulación del estacionamiento en un sistema autónomo de sanciones que permita inmovilizar y retener vehículos y exigir pagos para liberarlos cuando no exista una autorización legal expresa y un procedimiento que garantice los derechos del ciudadano. El Tribunal concluyó que la ordenanza municipal excedía las competencias normativas del cabildo al establecer un mecanismo de sanción y cobro que no estaba respaldado por las facultades legales correspondientes. La decisión podría convertirse en un precedente El abogado Shesnel Calcaño explicó que la sentencia representa un precedente constitucional que podría ser utilizado en situaciones similares. Según el jurista, si un ciudadano de Moca o de otra ciudad enfrenta una retención de su vehículo bajo circunstancias similares, podría utilizar este precedente para reclamar la devolución de su propiedad y cuestionar el procedimiento utilizado por el ayuntamiento. Junto con el caso de Mejía Vásquez, los abogados Miguel Valdemar y Shesnel Calcaño también depositaron ante el Tribunal Constitucional una acción directa de inconstitucionalidad contra la Ordenanza 01-2025. Esa acción todavía está pendiente de decisión y busca que los ayuntamientos de Moca y otras localidades detengan prácticas relacionadas con la retención de vehículos y el cobro de tasas o multas que, según los abogados, corresponden a las autoridades nacionales de tránsito. Entre las ciudades señaladas por este tipo de prácticas también figuran Santiago y San Francisco de Macorís.

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