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Preolímpico: Dominicana vence a Canadá y se coloca cerca de la meta

VPNOTICIAS.COM Por VPNOTICIAS.COM
05/06/2021
En Deportes
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PORT ST. LUCIE, Florida — El sensacional prospecto Julio Rodríguez, de los Seattle Mariners, bateó sencillo que empujó la carrera ganadora en el cierre de la octava entrada para que República Dominicana venciera 6-5 a Canadá en un dramático penúltimo encuentro del preolímpico americano de béisbol que concluye el sábado en Florida.

Con la victoria, los dominicanos aseguraron un puesto en el último repechaje de la Confederación Mundial de Béisbol y Softbol (WBSC) – que se jugará en México en dos semanas, y conservó sus aspiraciones de conseguir el boleto directo a los Juegos Olímpicos, dependiendo del resultado del choque nocturno entre Estados Unidos y Venezuela.

Estados Unidos necesita ganar para asegurar el pase a Tokio, pero una victoria de Venezuela provocaría un triple empate, que, de acuerdo a los criterios del torneo, otorgaría boletos a venezolanos y norteamericanos al último repechaje, mientras que los dominicanos avanzarían a los Juegos Olímpicos por segunda vez en su historia.

Canadá ganaba 5-4 en la octava entrada, pero República Dominicana produjo dos vueltas contra tres relevistas. Con dos outs, el intermedista Gustavo Núñez pegó hit que empujó al receptor Charlie Valerio con el empate 5-5 y después que Melky Cabrera recibiera boleto intencional, Rodríguez bateó su hit de oro contra John Axford.

Rodríguez bateó de 4-2 y concluyó el torneo bateando .440 (25-11) con siete carreras impulsadas y siete anotadas. Jumbo Díaz (1-0) fue el lanzador ganador y Scott Mathieson (0-1) cargó con la derrota.

Por Dominicana, el zurdo Raúl Valdes lanzó siete entradas por segunda salida consecutiva. Valdes permitió siete hits, incluyendo dos cuadrangulares del torpedero cuabanocanadiense Daniel Piñero, y cuatro carreras. Piñero bateó de 4-3 con cuatro empujadas y dos anotadas.

Con dos outs en el primer inning, Eric Wood bateó triple por el jardín central, Connor Panas empujó a Wood con sencillo y anotó arrastrado por enorme jonrón de Píñero.

En el cierre del segundo, el jardinero Luis Liberato bateó el primer hit de los dominicanos y con dos outs, fue empujado desde la segunda base por sencillo del torpedero Jeison Guzmán. El jardinero derecho Tyson Gillies evitó una segunda anotación con una sensacional atrapada en batazo de Núñez.

Pero los quisqueyanos volvieron a la carga en el tercero. Los jardineros Cabrera y Rodríguez pegaron fuertes líneas de hit, el inicialista José Bautista los movió con rodado y el bateador designado Juan Francisco empujó a ambos con hit al prado derecho.

República Dominicana llenó las bases con dos outs en el cuarto acto, pero el abridor Andrew Albers ponchó a Francisco sin hacer swing para mantener el empate 3-3.

El zurdo canadiense no regresó para la quinta entrada, cuando el relevista Dustin Molleken permitió jonrón solitario de Valerio que otorgó la ventaja, por primera vez en el encuentro, a los dominicanos. Piñero bateó su segundo estacazo de la tarde para empatar 4-4.

El dramático partido se jugó bajo un tremendo calor en el área de Port St. Lucie. Aunque el termómetro marcaba 91 grados en la ciudad, en realidad se sentía sobre los 100 en el terreno del Clover Park, la casa primaveral de los New York Mets.

Tags: 6 carreras por 5Dominicana vence a Canadaen pre- Olímpico de béisbol.
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Tribunal Constitucional falla contra el Ayuntamiento de Moca por retener un vehículo y exigir RD$3,000  El Tribunal Constitucional de República Dominicana emitió una sentencia contra el Ayuntamiento de Moca, provincia Espaillat, por la retención de un vehículo y el cobro de una tasa de 3,000 pesos como condición para devolverlo a su propietario.  La decisión está relacionada con un caso en el que el ciudadano Juan Carlos Mejía Vásquez tuvo su vehículo retenido por el cabildo después de estacionarse parcialmente sobre una marca amarilla colocada en el suelo por la dirección municipal.  Para recuperar su vehículo, se le exigió el pago de 3,000 pesos.  El caso se originó a partir de la Ordenanza 01-2025, aprobada por el Concejo Municipal de Regidores de Moca el 1 de abril de 2025, denominada “Sobre el pago de tasas por costes de servicio de traslado o retención de vehículos o estructuras”.  Mejía Vásquez, representado por el abogado Shesnel Calcaño, acudió inicialmente ante la jurisdicción civil y comercial. Sin embargo, la primera instancia rechazó la acción de amparo al considerar que no se había demostrado una violación de derechos fundamentales.  El caso llegó posteriormente al Tribunal Constitucional mediante un recurso de revisión.  El Tribunal declara inaplicable la ordenanza  Mediante la sentencia TC/0785/26, el Tribunal Constitucional declaró admisible el recurso de revisión y posteriormente lo acogió en cuanto al fondo.  Como consecuencia, revocó la sentencia emitida anteriormente por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Espaillat.  El Tribunal también acogió la excepción de inconstitucionalidad presentada por Mejía Vásquez y declaró inaplicable, específicamente para este caso, la Ordenanza 01-2025 del Ayuntamiento de Moca.  Los jueces determinaron que se habían vulnerado los derechos fundamentales del ciudadano a la propiedad, al debido proceso administrativo y al principio de legalidad.  Además, ordenaron al Ayuntamiento de Moca, al Concejo Municipal de Regidores y a los funcionarios responsables devolver inmediatamente el vehículo Honda Pilot.  La devolución debía realizarse sin exigir previamente el pago de multas, tasas de inmovilización, traslado, retención, recargos u otros conceptos derivados de la ordenanza.  En caso de que el ciudadano ya hubiese pagado alguna de estas cantidades, el Tribunal ordenó que el dinero fuera devuelto.  La sentencia también estableció una astreinte de 1,000 pesos dominicanos por cada día de retraso en el cumplimiento de la decisión, a cargo del Ayuntamiento de Moca y en beneficio del ciudadano afectado.  El Ayuntamiento no puede asumir funciones sancionadoras sin respaldo legal  Entre los argumentos utilizados por el Tribunal Constitucional se encuentra que los ayuntamientos tienen determinadas competencias para organizar el tránsito, administrar los espacios públicos y establecer señalizaciones dentro de su ámbito.  Sin embargo, el Tribunal consideró que estas facultades no permiten convertir la regulación del estacionamiento en un sistema autónomo de sanciones que permita inmovilizar y retener vehículos y exigir pagos para liberarlos cuando no exista una autorización legal expresa y un procedimiento que garantice los derechos del ciudadano.  El Tribunal concluyó que la ordenanza municipal excedía las competencias normativas del cabildo al establecer un mecanismo de sanción y cobro que no estaba respaldado por las facultades legales correspondientes.  La decisión podría convertirse en un precedente  El abogado Shesnel Calcaño explicó que la sentencia representa un precedente constitucional que podría ser utilizado en situaciones similares.  Según el jurista, si un ciudadano de Moca o de otra ciudad enfrenta una retención de su vehículo bajo circunstancias similares, podría utilizar este precedente para reclamar la devolución de su propiedad y cuestionar el procedimiento utilizado por el ayuntamiento.  Junto con el caso de Mejía Vásquez, los abogados Miguel Valdemar y Shesnel Calcaño también depositaron ante el Tribunal Constitucional una acción directa de inconstitucionalidad contra la Ordenanza 01-2025.  Esa acción todavía está pendiente de decisión y busca que los ayuntamientos de Moca y otras localidades detengan prácticas relacionadas con la retención de vehículos y el cobro de tasas o multas que, según los abogados, corresponden a las autoridades nacionales de tránsito.  Entre las ciudades señaladas por este tipo de prácticas también figuran Santiago y San Francisco de Macorís.

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Tribunal Constitucional falla contra el Ayuntamiento de Moca por retener un vehículo y exigir RD$3,000 El Tribunal Constitucional de República Dominicana emitió una sentencia contra el Ayuntamiento de Moca, provincia Espaillat, por la retención de un vehículo y el cobro de una tasa de 3,000 pesos como condición para devolverlo a su propietario. La decisión está relacionada con un caso en el que el ciudadano Juan Carlos Mejía Vásquez tuvo su vehículo retenido por el cabildo después de estacionarse parcialmente sobre una marca amarilla colocada en el suelo por la dirección municipal. Para recuperar su vehículo, se le exigió el pago de 3,000 pesos. El caso se originó a partir de la Ordenanza 01-2025, aprobada por el Concejo Municipal de Regidores de Moca el 1 de abril de 2025, denominada “Sobre el pago de tasas por costes de servicio de traslado o retención de vehículos o estructuras”. Mejía Vásquez, representado por el abogado Shesnel Calcaño, acudió inicialmente ante la jurisdicción civil y comercial. Sin embargo, la primera instancia rechazó la acción de amparo al considerar que no se había demostrado una violación de derechos fundamentales. El caso llegó posteriormente al Tribunal Constitucional mediante un recurso de revisión. El Tribunal declara inaplicable la ordenanza Mediante la sentencia TC/0785/26, el Tribunal Constitucional declaró admisible el recurso de revisión y posteriormente lo acogió en cuanto al fondo. Como consecuencia, revocó la sentencia emitida anteriormente por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Espaillat. El Tribunal también acogió la excepción de inconstitucionalidad presentada por Mejía Vásquez y declaró inaplicable, específicamente para este caso, la Ordenanza 01-2025 del Ayuntamiento de Moca. Los jueces determinaron que se habían vulnerado los derechos fundamentales del ciudadano a la propiedad, al debido proceso administrativo y al principio de legalidad. Además, ordenaron al Ayuntamiento de Moca, al Concejo Municipal de Regidores y a los funcionarios responsables devolver inmediatamente el vehículo Honda Pilot. La devolución debía realizarse sin exigir previamente el pago de multas, tasas de inmovilización, traslado, retención, recargos u otros conceptos derivados de la ordenanza. En caso de que el ciudadano ya hubiese pagado alguna de estas cantidades, el Tribunal ordenó que el dinero fuera devuelto. La sentencia también estableció una astreinte de 1,000 pesos dominicanos por cada día de retraso en el cumplimiento de la decisión, a cargo del Ayuntamiento de Moca y en beneficio del ciudadano afectado. El Ayuntamiento no puede asumir funciones sancionadoras sin respaldo legal Entre los argumentos utilizados por el Tribunal Constitucional se encuentra que los ayuntamientos tienen determinadas competencias para organizar el tránsito, administrar los espacios públicos y establecer señalizaciones dentro de su ámbito. Sin embargo, el Tribunal consideró que estas facultades no permiten convertir la regulación del estacionamiento en un sistema autónomo de sanciones que permita inmovilizar y retener vehículos y exigir pagos para liberarlos cuando no exista una autorización legal expresa y un procedimiento que garantice los derechos del ciudadano. El Tribunal concluyó que la ordenanza municipal excedía las competencias normativas del cabildo al establecer un mecanismo de sanción y cobro que no estaba respaldado por las facultades legales correspondientes. La decisión podría convertirse en un precedente El abogado Shesnel Calcaño explicó que la sentencia representa un precedente constitucional que podría ser utilizado en situaciones similares. Según el jurista, si un ciudadano de Moca o de otra ciudad enfrenta una retención de su vehículo bajo circunstancias similares, podría utilizar este precedente para reclamar la devolución de su propiedad y cuestionar el procedimiento utilizado por el ayuntamiento. Junto con el caso de Mejía Vásquez, los abogados Miguel Valdemar y Shesnel Calcaño también depositaron ante el Tribunal Constitucional una acción directa de inconstitucionalidad contra la Ordenanza 01-2025. Esa acción todavía está pendiente de decisión y busca que los ayuntamientos de Moca y otras localidades detengan prácticas relacionadas con la retención de vehículos y el cobro de tasas o multas que, según los abogados, corresponden a las autoridades nacionales de tránsito. Entre las ciudades señaladas por este tipo de prácticas también figuran Santiago y San Francisco de Macorís.

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